La Declaración de Impacto Ambiental (licencia ambiental), según Ley N° 294 de “Evaluación de Impacto Ambiental”, vigente desde el año 1993, es un documento que permite iniciar o proseguir una obra o actividad bajo cumplimiento del Plan de Gestión Ambiental; es decir, es un respaldo de que, efectivamente, se cumplen con los requisitos. No contar con el mismo es un delito.
En ese marco, el concejal de Asunción, José Alvarenga (ANR), acompañó una intervención del fiscal adjunto del Medioambiente, Jorge Sosa, en la jornada de este lunes, y el resultado fue la clausura de un local comercial que opera en la capital del país.
Se trata del Lavadero «Lava Ram», que contaba con varias denuncias de sus vecinos por presunta contaminación del arroyo Mburicaó. El negocio está ubicado en las calles Chaco Boreal casi Cecilio Ávila del barrio Recoleta.
“Constatamos que está operando sin licencia ambiental, algo ilegal. También tomaron intervención la Dirección de Derecho Ambiental de la Corte Suprema de Justicia, la Policía Nacional, la SEAM y el INTN, que tomó muestras de los químicos utilizados en el lugar para el estudio correspondiente. Nos estamos encontrando con años de desidia y desinterés de las autoridades nacionales en las cuestiones ambientales. El grado de contaminación de los arroyos de Asunción es monstruoso”, comentó el concejal Alvarenga.
Vale destacar que la Licencia Ambiental es un requisito ineludible para obtención de autorizaciones de organismos públicos, como las Municipalidades.
La Ley de Evaluación de Impacto Ambiental declara obligatoria la evaluación de los impactos ambientales en todo el país, para proyectos de obras o actividades capaces de generar impactos ambientales negativos en el medioambiente, en distintas etapas (construcción, instalación, puesta en funcionamiento o cierre).
(Foto: Gentileza)

