Los senadores Desirée Masi (PDP), Blanca Ovelar (ANR), Silvio Ovelar (ANR), Fernando Lugo (FG), Roberto Acevedo (PLRA) y Arnoldo Wiens (ANR), presentaron un proyecto de Ley que tiene como objetivo la creación de un “Ministerio de Cultura”.
Los impulsores de la intención explicaron que el modelo de cultura que promueve el Estado no se circunscribe al patrimonio y bellas artes, tradicionalmente consideradas paradigma de lo cultural, sino que involucra aspectos complejos de la sociedad, relativos a representaciones colectivas, imágenes, conductas, creencias y valores que inciden fuertemente en la consolidación del espacio público.
En la exposición de motivos mencionaron que en la actualidad los asuntos culturales del Estado se encuentran a cargo de una Secretaría Nacional de Cultura, dependiente de la Presidencia de la República; pero afirman que el esquema de una secretaría queda pequeño ante los nuevos desafíos que plantea la administración estatal en lo cultural.
También señalan que Paraguay es un país pluricultural y multiétnico, dónde no solo se manejan dos lenguas oficiales, sino que coexisten 17 idiomas indígenas, distintas religiones, usos y costumbres diferentes.
Las múltiples identidades precisan ser protegidas en su diferencia y, a la vez, articuladas en el espacio público, refiere el documento.
Con esto, los parlamentarios desean elevar al rango de Ministerio a la Secretaría Nacional de Cultura, creada por Ley 3.051/08, “Nacional de Cultura”, como organismo dependiente del Poder Ejecutivo; y transferir a este Ministerio las partidas presupuestarias consignadas en el Presupuesto General de la Nación para la Secretaría Nacional de Cultura, los bienes y recursos de la misma, al igual que los funcionarios, quienes conservarían antigüedad y categorías adquiridas.
Viceministerios
Los senadores plantean que el “Ministerio de Cultura” cuente con tres Viceministerios. El primero sería el de Diversidad y Creación, como ámbito de aplicación de la Constitución Nacional; Convención de UNESCO; Convenios y Tratados de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual; etc.
El segundo sería el de Patrimonio, para ser ámbito de aplicación del Patrimonio Cultural; mientras que el tercer Viceministerio sería de Pueblos Indígenas, para ser ámbito de aplicación del Capítulo V de la Constitución Nacional, “De los Pueblos Indígenas”.
(Fuente: HCS)

