Hay dictamen técnico por lo que el aumento del salario mínimo solo depende del Ejecutivo

El Consejo Nacional de Salarios Mínimos (Conasam), sugirió este lunes al Poder Ejecutivo que el salario mínimo aumente a G. 2.550.307 desde el próximo 1 de julio. La propuesta de reajuste será elevada este martes al Poder Ejecutivo para su aprobación o no.

Tras una reunión mantenida en la tarde de este lunes en el Consejo Nacional de Salarios Mínimos (Conasam) compuesto por representantes de empleadores, de los obreros y del Estado, se informó que la sugerencia es que el salario mínimo aumente a G. 2.550.307.

Conforme a lo que señala la norma vigente, el Conasam debe acordar la recomendación de variación del sueldo base para ponerla a consideración del Ejecutivo.

La ministra de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, Carla Bacigalupo, informó en una conferencia de prensa que el jornal quedará en G. 98.088.

“Considerando que los trabajadores formales pagan el 9 %, quedarían neto G. 2.370.799 para aquellos que aportan a la seguridad social, pero el salario queda confirmado a propuesta de la Conasam, que será presentado al Poder Ejecutivo en G. 2.550.307”, expresó.

Explicó que la Conasam propone al Poder Ejecutivo de acuerdo a la ley y el presidente de la República, Mario Abdo Benítez, deberá determinar el aumento antes del 30 de junio para que pueda aplicarse a partir del 1 de julio.

La ministra afirmó que “es la variación más alta de los últimos 15 años”. Además dijo que solicitaron al Ministerio de Industria y Comercio (MIC), a la Secretaría de Defensa del Consumidor y el Usuario (Sedeco) y al equipo económico nacional conformar una mesa de trabajo a fin de que el aumento del salario no tenga una repercusión en la alza del precio.

“Si nos regimos por la ley como debemos no se podía tomar un aumento mayor puesto que el Banco Central del Paraguay fue muy claro al establecer esa variación y también es importante considerar que acá hay un consenso, estamos en una mesa tripartita”, agregó.

Aseguró que actualmente hay unos 400.000 trabajadores que perciben salario mínimo.

En la reunión estuvieron presentes Karina Gómez, presidenta de la Conasam, Enrique Vidal de la Unión Industrial Paraguaya (UIP), Ramón Avalos, representante de los obreros y Mónica Recalde, directora de Seguridad Social del Ministerio del Trabajo.

El reajuste del sueldo mínimo legal fue analizado con base en el informe oficial del Banco Central del Paraguay (BCP), respecto a la inflación interanual correspondiente al mes de mayo de 2022, que había sido de 11,4 %, según los datos de la banca matriz.

Con base en el reporte del BCP, se infiere que la variación será de G. 260.000, para alcanzar un sueldo piso de unos G. 2.550.307 para actividades no especificadas.

Karina Gómez dijo que actualmente en el país hay alrededor de 3.500.000 personas económicamente activas, pero que desde el Conasam tienen registrados a 1.370.000 empleados asalariados.

En ese sentido, la funcionaria estatal mencionó que de ese número, actualmente, hay unos 300.000 trabajadores que perciben el salario mínimo y otra franja que gana un poco más, pero que con la actualización también quedarían por debajo del mínimo legal.

Taxativamente, la Ley 5.764 determina que la consideración del reajuste del salario mínimo será efectuada por el Poder Ejecutivo a propuesta del Consejo Nacional de Salarios Mínimos sobre la base de la variación interanual del Índice de Precios al Consumidor (IPC) y su impacto en la economía nacional, al mes de junio de cada año.

Fuente: UH

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